Qué impuestos se pagan al vender una propiedad en 2026
Al vender una propiedad en 2026 pagás tu parte del impuesto de sellos y los gastos de la operación. En cambio, desde el 1 de enero de 2026 las personas humanas y sucesiones…

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Al vender una propiedad en 2026 pagás tu parte del impuesto de sellos y los gastos de la operación. En cambio, desde el 1 de enero de 2026 las personas humanas y sucesiones indivisas que venden un inmueble están exentas de Ganancias por ese resultado (Ley 27.802 y Decreto 406/2026).
Impuesto de sellos
Se paga sobre el mayor valor entre el precio y la valuación fiscal. La alícuota es el total de la operación y por costumbre se divide en mitades entre comprador y vendedor (se puede pactar otra cosa).
| Jurisdicción | Alícuota total 2026 | Lo que paga el vendedor |
|---|---|---|
| Ciudad de Buenos Aires, hasta $ 226.100.000 | 2,7 % (antes 3,5 %) | 1,35 % |
| Ciudad de Buenos Aires, más de $ 226.100.000 | 3,5 % | 1,75 % |
| Provincia de Buenos Aires | 2 % | 1 % |
En CABA, desde 2026, quien compra su vivienda única, familiar y de ocupación permanente está exento de sellos hasta $ 226.100.000 y paga solo sobre el excedente. En ese caso el vendedor tampoco paga: la exención alcanza a toda la operación hasta ese monto. En Provincia, en cambio, la exención por vivienda única tiene un tope muy bajo, así que en la práctica se paga el 2 % completo.
Ganancias
Desde 2026, la venta de inmuebles por parte de personas humanas y sucesiones indivisas está exenta de Ganancias, para operaciones hechas desde el 1 de enero de 2026, sean residentes en el país o en el exterior.
¿Y el ITI?
No. El impuesto a la transferencia de inmuebles fue derogado por la Ley 27.743 y dejó de aplicarse a las ventas firmadas desde el 8 de julio de 2024, sin importar cuándo compraste la propiedad. Hoy no se paga.
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Preguntas frecuentes
¿El vendedor paga escribano?
Por costumbre el escribano lo elige y lo paga el comprador. El vendedor paga sus certificados y su parte de sellos.
¿Se puede vender una herencia sin inscribirla?
En algunos casos sí, con el trámite de tracto abreviado. Consultalo antes de publicar.
¿Vas a vender?
Te hacemos una valuación sin cargo y revisamos con vos los costos antes de publicar. Pedí tu valuación.


